La instalación de alambre de espino tanto en fincas rústicas como urbanas es algo que depende del lugar en donde nos encontremos.
En algunas CC.AA. y ayuntamientos está expresamente regulado y/o prohibido. Esta prohibición puede derivar en que no se pueda instalar alambre de espino en ningún caso o que la prohibición de su instalación solo afecte a fincas o caminos con calificación o uso específico.
En otras ocasiones la regulación está orientada a definir la posición o altura que el alambre de púas debe tener con respecto al cierre; en este sentido es habitual la obligación de situarlo en la cima del cierre y con una inclinación hacia la propia finca para evitar accidentes.
Lo mejor es acudir a nuestro ayuntamiento para consultar la normativa local y autonómica y pedir la correspondiente autorización para su instalación y así evitar multas.
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